Circle ha presentado su respuesta a la consulta específica de la Comisión Europea sobre la revisión del Reglamento relativo a los Mercados de Criptoactivos (MiCA)

Circle ha presentado su respuesta a la consulta específica de la Comisión Europea sobre la revisión del Reglamento relativo a los Mercados de Criptoactivos (MiCA). Nuestra aportación refleja dos años de experiencia operativa como el mayor emisor de tokens de dinero electrónico (EMT) autorizado bajo MiCA, y tiene como objetivo contribuir al liderazgo regulatorio y de mercado que MiCA ya ha establecido, con la meta de posicionar a Europa como uno de los mercados de stablecoins más dinámicos y líquidos del mundo.
Circle emite tanto los tokens de dinero electrónico denominados en dólares (USDC) como los denominados en euros (EURC) más grandes autorizados bajo MiCA. Esta posición privilegiada nos brinda una perspectiva detallada y práctica sobre qué aspectos del marco funcionan bien y dónde podrían aplicarse mejoras específicas para que cumpla plenamente con sus objetivos originales.
Logros de MiCA
MiCA ha dado a Europa una ventaja competitiva real: actualmente hay cerca de 30 tokens de dinero electrónico autorizados bajo este reglamento, una cifra superior a la de cualquier marco comparable en el mundo en un plazo similar. Es una base sólida sobre la cual seguir construyendo.
Al mismo tiempo, los datos señalan una oportunidad. De las 25 principales stablecoins por capitalización de mercado a nivel mundial, solo tres están actualmente reguladas por MiCA (USDC, USDG, EURC). Esto sugiere que la brecha actual no está en la oferta de nuevos emisores regulados, sino en la capacidad de MiCA para abarcar los mayores tokens globales y en el crecimiento de los EMT emitidos en la UE a escala mundial. Nuestra propuesta se centra en las áreas del marco que consideramos más relevantes para cerrar esa brecha.
Emisión múltiple: un camino que refleja el mercado global actual
La mayoría de las stablecoins en circulación a nivel mundial son emitidas hoy por entidades reguladas fuera de la UE. La emisión múltiple, mediante la cual una stablecoin de circulación global es coemitida por una entidad de la UE autorizada por MiCA junto con su contraparte regulada en el extranjero, es actualmente la única estructura que permite que esa liquidez global opere dentro del perímetro regulatorio de MiCA.
La propia evaluación de impacto de la Comisión de 2020 para MiCA señaló el riesgo de que prohibir las stablecoins extranjeras en los mercados de la UE incentivaría a los usuarios a adquirir stablecoins de entidades fuera de la UE, dejándolos sin los derechos y protecciones que MiCA fue diseñado para ofrecer. Restringir la emisión múltiple simplemente trasladaría ese uso fuera del perímetro regulatorio de la UE. Nuestra propuesta recomienda preservar la emisión múltiple como una estructura disponible y formalizar las salvaguardas existentes para gestionar sus riesgos, incluido el reequilibrio dinámico entre las reservas globales y las específicas de la UE.
Un complemento a largo plazo: equivalencia y reconocimiento
Nuestra respuesta propone una arquitectura a largo plazo que consideramos beneficiosa para el mercado a medida que madura: un régimen específico de equivalencia y reconocimiento para stablecoins reguladas en el extranjero, basado en los marcos de equivalencia existentes de la UE bajo EMIR, CSDR y MiFIR, y el régimen de equivalencia de EE. UU. para stablecoins de pago extranjeras bajo la Ley GENIUS.
Bajo este modelo, un emisor regulado en el extranjero seguiría supervisado principalmente en su jurisdicción de origen, siguiendo un proceso de dos niveles que combina una determinación de equivalencia a nivel de la Comisión con un reconocimiento de la entidad a nivel de la ABE. La distribución en la UE se realizaría a través de una institución con licencia local. Esta estructura también funcionaría a la inversa, apoyando la circulación internacional de stablecoins emitidas en la UE bajo acuerdos de reconocimiento recíproco.
Requisitos de reserva: priorizar la seguridad y la liquidez
MiCA exige actualmente que los emisores de tokens de dinero electrónico mantengan al menos el 30% de los activos de reserva en depósitos bancarios comerciales, cifra que aumenta al 60% para los emisores de EMT clasificados como "significativos". En nuestra respuesta, señalamos que este requisito incrementa la exposición al riesgo de crédito y de contraparte del sector bancario. Por ello, coincidimos con el BCE en que este requisito de depósito mínimo obligatorio debería reconsiderarse y sustituirse por un requisito de liquidez de activos mínimo menos rígido bajo MiCA.
También recomendamos eliminar dos normas de concentración introducidas a través de las normas técnicas de Nivel 2 de la ABE: el límite del 35% a la exposición soberana única, que impide a los emisores de divisas no pertenecientes a la UE (por ejemplo, tokens denominados en USD) mantener principalmente activos líquidos de alta calidad (HQLA) soberanos en su reserva, y el límite del 1,5% de los activos bancarios totales por contraparte bancaria, que obligará a los grandes emisores a mantener relaciones de reserva con decenas de bancos distintos para cumplir el límite, aumentando así la complejidad operativa y el riesgo.
Mirando hacia el futuro
MiCA ha posicionado a la UE como pionera en la regulación integral de las stablecoins. Nuestra respuesta pretende ser una contribución constructiva a la siguiente fase de este marco: una centrada en traducir el liderazgo regulatorio en mayor liquidez, una adopción más amplia y un papel más dinámico para Europa y las stablecoins en euros en el mercado global. Esperamos seguir colaborando con la Comisión Europea, los responsables políticos y los reguladores a medida que avance esta revisión.




